jueves, 19 de mayo de 2016

Los derechos humanos se entiende como el conjunto de prerrogativas basadas en la dignidad humana y su realización es indispensable para el desarrollo integral de la persona.

Todos los Estados se encargan de crear normas que se encargan de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consignados en favor del individuo. Los derechos humanos se rigen por cuatro principios: universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Principio de Universalidad, señala que los derechos humanos corresponden a todas las personas por igual.
Principio de Interdependencia: consiste en que cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos , así como su ejercicio, implica necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.
Principio de Indivisibilidad: Se habla de indivisibilidad de los derechos humanos en función a que poseen un carácter indivisible pues todos ellos son inherentes al ser humano y derivan de su dignidad.
Lo anterior quiere decir que disfrute de los derechos humanos sólo es posible en conjunto y no de manera aislada ya que todos se encuentran estrechamente unidos.
Principio de Progresividad: Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el desarrollo constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos.
Bibliografía:
http://www.cndh.org.mx 

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